El JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE PIURA, concedió el recurso de apelación presentado por el personero legal del Movimiento Regional UDN, contra la Resolución N.° 001-2014-JEE-PIURA/JNE, de fecha 18 de julio de 2014, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la formula y lista de candidatos, para el GR de Piura de la agrupación política que lidera Reynaldo Hilbck Guzmán. Ahora será el JNE quien determine si se procede o no a aceptar la inscripción y participación en las próximas elecciones del 05 de octubre del 2014.
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ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014
JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE PIURA
RESOLUCIÓN N° 002-2014-JEE-PIURA/JNE
EXPEDIENTE N° 142-2014-081
Piura, veintiséis de julio de dos mil catorce
VISTO
El recurso de apelación interpuesto por LUIS ENRIQUE NUÑEZ FRÌAS, personero legal titular de la organización política, UNION DEMOCRATICA DEL NORTE, contra la Resolución N.° 001-2014-JEE-PIURA/JNE; de fecha 18 de julio de 2014, notificada el 22 de julio de 2014, que resolvió en el extremo que declara improcedente la solicitud de inscripción de la Formula y Lista, para el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2014;y,
CONSIDERANDO
- Conforme al numeral 36.1 del artículo 36 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Regionales, aprobado mediante Resolución Nº 272-2014-JNE, que señala: “La improcedencia de la solicitud de inscripción de fórmula y lista de candidatos puede ser impugnada mediante recurso de apelación presentado dentro de tres díashábiles computados a partir del día siguiente de su notificación, ante el mismo JEE, que tramita la solicitud de inscripción. El JEE luego de la calificación, de ser el caso, concederá la apelación en el día y elevará el expediente dentro de las veinticuatro horas, bajo responsabilidad. El Plenodel JNE, previa audiencia pública, resolverá la apelación dentro del término de tresdías hábiles”.
- Al escrito de fecha 18 de julio de 2014, presentado por el ciudadano LUIS EDUARDO SOSA GONZALES, estese a lo resuelto por la Resolución Nº 001-2014-JEE-PIURA/JNE, de fecha 18 de julio de 2014.
- Al escrito de fecha 21 de julio de 2014, presentado por el personero legal titular, señor, LUIS ENRIQUE NUÑEZ FRIAS, de la organización política, UNION DEMOCRATICA DEL NORTE, estese a lo dispuesto.
- Que, se ha presentado recurso de apelación contra la Resolución Nº 001-2014-JEE-PIURA/JNE, de fecha 18 de julio de 2014, notificada el 22 de julio de 2014, emitida por este Jurado Electoral Especial, que declara la Improcedencia de la inscripción de la Formula y Lista, para el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA; y habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos previstos por ley, procede que sea remitido al Jurado Nacional de Elecciones para su pronunciamiento en instancia superior.
Por tanto, el Pleno del Jurado Electoral Especial de Piura, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Único.- CONCEDER el recurso de apelación presentado por el señor LUIS ENRIQUE NUÑEZ FRÌAS, personero de legal titular de la organización política, UNION DEMOCRATICA DEL NORTE, contra la Resolución N.° 001-2014-JEE-PIURA/JNE, de fecha 18 de julio de 2014, notificada el 22 de julio de 2014, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la formula y lista de candidatos, para el GOBIERNO REGIONAL DE PIURA en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales; y, en consecuencia remítase los actuados al Jurado Nacional de Elecciones, dentro de las 24 horas para que resuelva conforme a ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO ELISEO REYES PUMA
Presidente
ELMER FRANCISCO CASTILLO TEMOCHE
Primer Miembro
YOBANY ANTONIO IBAÑEZ ARELLANO
Segundo Miembro
Jorge Enrique Donayre Rodríguez
Secretario Jurisdiccional
mmn/Mlg
Conceden recurso de apelación a UDN - JNE resolverá si procede o no inscripción
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